miércoles, 30 de septiembre de 2009

EDICION DEL 30 DE SEPTIEMBRE

En la edición de hoy miércoles 30 de septiembre, debatimos respecto del trato penintenciario que se le debería dar a Alberto Fujimori Fujimori una vez sentenciado por los delitos que son de conocimiento público. Recordemos que el ex-mandatario se encuentra detenido, en los dos últimos años, en la sede policial de la Diroes, en el distirto de Ate. El director del programa, el Dr. Dante Díaz Wong afirmó que existe un vacío legal que ordene el tratamiento carcelario para un ex-presidente, y que eso podría sentar precedente para casos futuros al no haber un reglamento claro. Sostuvo además, que se debería diferenciar el tratamiento carcelario por delitos de terrorismo del tratamiento que correspondiese por corrupción, especialmente si se trata de alguien que ha ejercido el cargo de primer mandatario y a quien la mayoría de la población lo considera como ícono de la lucha antiterrorista. Por su parte, la licenciada María Luz de la Pinella enfocó su opinión desde la perspectiva moral e insistió en que no debería existir tantas consideraciones para alguien que había "pisoteado" la ley y había impuesto una dictadura. Recordemos que Alberto Fujimori fue acusado de montar ilegalmente una red de espionaje telefónico que tuvo por los menos 28 víctimas, de sobornar a mínimo 13 parlamentarios de oposición para que votaran del lado oficialista y de comprar en forma irregular, con fondos del Estado, el canal de televisión por cable CCN y la línea editorial del diario “Expreso”. A medida que transcurrían los minutos, el debate se hizo muy intenso debido a que no se llegaba a un acuerdo final de si se debía o no considerar el rango político del ex-presidente y sus derechos ciudadanos para efectos de la medidad carcelaria, en la medida de que la validez de ambos criterios ya estaba cuestionada por su conducta.
Al final del programa, llegamos a la conclusión de que son los valores defendidos por la sociedad los que van a alentar o desalentar el desarrollo de ciertos regímenes y que el concepto de "dignidad presidencial" debe ser revisado con objetividad, contemplando el futuro (lo que puede suceder con los próximos gobernantes) y no sólo el pasado (lo que ya ocurrió en un caso particular).

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